Artículo 49: Los ciudadanos de la República Socialista de Vietnam son quienes posean la nacionalidad vietnamita.
Artículo 50: En la República Socialista de Vietnam son respetados los derechos humanos en lo político, civil, económico, cultural y social, tal como se expresan en los derechos del ciudadano y se estipulan en la Constitución y las leyes.
Artículo 51: Los derechos del ciudadano no son separados de sus deberes.
El Estado asegura los derechos del ciudadano y a su vez el ciudadano debe cumplir sus deberes para con el Estado y la sociedad.
Los derechos y los deberes del ciudadano son estipulados por la Constitución y las leyes.
Artículo 52: Todos los ciudadanos son iguales ante las leyes.
Artículo 53: El ciudadano tiene el derecho a participar en la gestión del Estado y la sociedad, en el debate de los asuntos comunes de todo el país y de su localidad, a presentar sus sugerencias a los organismos estatales y a votar cuando el Estado organice el referéndum.
Artículo 54: Todos los ciudadanos, sin distinción de origen étnico, sexo, clase social, creencia, religión, nivel cultural, profesión y tiempo de residencia, que hayan cumplido los 18 años de edad, tienen derecho a votar en las elecciones; y los que hayan cumplido los 21 años tienen derecho a la candidatura de diputado a la Asamblea Nacional o delegado a los Consejos Populares de las distintas instancias, de acuerdo con las normas de las leyes.
Artículo 55: El trabajo es un derecho y un deber de los ciudadanos.
El Estado y la sociedad se encargan del plan de crear cada día más empleos para los trabajadores.
Artículo 56: El Estado promulga la política y sistema de protección laboral.
El Estado estipula la jornada laboral, el sistema salarial, el régimen de descanso y de seguros sociales a favor de los funcionarios y empleados del Estado y otros asalariados; estimula el desarrollo de otras formas de seguros sociales en beneficio de los trabajadores.
Artículo 57: Se reconoce a los ciudadanos libertad de comercio conforme a las normas de las leyes.
Artículo 58: Los ciudadanos tienen el derecho a la propiedad personal sobre los ingresos legales y ahorros, sobre la vivienda y los demás bienes y objetos que sirven para la satisfacción de las necesidades materiales y culturales de la persona. Asimismo se garantiza la propiedad sobre los medios e instrumentos de trabajo personal, fondos y los demás bienes en la empresa o en las otras organizaciones económicas. En cuanto a las tierras entregadas por el Estado para el uso se rigen por las normas estipuladas en los Artículos 17 y 18.
El Estado protege la propiedad legal y el derecho a la herencia de los ciudadanos.
Artículo 59: El estudio es un derecho y un deber de los ciudadanos.
La enseñanza primaria es obligatoria y gratuita.
Los ciudadanos tienen el mismo derecho al estudio cultural y profesional bajo muchas formas.
Los alumnos que tengan vocación recibirán del Estado y la sociedad las condiciones favorables para su desarrollo.
El Estado mantiene la política de becas y pagos docentes.
El Estado y la sociedad brindan condiciones favorables a los niños discapacitados en el adecuado estudio cultural y profesional.
Artículo 60: Los ciudadanos tienen derecho a realizar las investigaciones científico-técnicas, inventos, creaciones, innovaciones y renovaciones técnicas, racionamiento de la producción, creaciones y crítica literarias y artísticas; así como participan en otras actividades culturales. El Estado garantiza el derecho del autor y el derecho de la propiedad industrial.
Artículo 61: Todos los ciudadanos tienen derecho a que se atienda y proteja su salud.
El Estado estipula las contribuciones hospitalarias y el sistema de reducción y exención de las mismas.
Los ciudadanos tienen la obligación de cumplir las normas de higiene preventivo y público.
Se prohíben estrictamente la producción, transporte, negocio, especulación y uso ilegales de opio y otras sustancias narcóticas. El Estado estipula el régimen obligatorio de tratamiento a todos los drogadictos y la curación de las peligrosas enfermedades sociales.
Artículo 62: El ciudadano tiene derecho de construir su vivienda, de acuerdo con la planificación física y las leyes. Los intereses del arrendador y arrendados de viviendas están protegidos por las leyes.
Artículo 63: La mujer y el hombre gozan de iguales derechos en todos los aspectos: político, económico, cultural, social y familiar.
Están prohibidas toda manifestación discriminatoria en el trato a la mujer y toda violación a la dignidad femenina.
La mujer y el hombre perciben igual salario por trabajo igual. Las trabajadoras tienen el derecho a los beneficios de embarazo y parto. Las empleadas del Estado y asalariadas tienen el derecho a la licencia retribuida y estipendio por la maternidad antes y después del parto, de acuerdo con las leyes.
El Estado y la sociedad facilitan a la mujer la superación de su nivel en todos los aspectos de manera que ponga en juego su verdadero papel en la sociedad; velan por el desarrollo de casas de maternidad, pediatría, círculos infantiles y otras instituciones de bienestar social para aliviar la carga familiar y crear las condiciones favorables a las mujeres en la producción, trabajo, estudio, atención médica, descanso y cumplimiento de sus deberes maternos.
Artículo 64: La familia es la célula de la sociedad.
El Estado protege el matrimonio y la familia.
El matrimonio cumple el principio de unión voluntaria, estilo civilizado, monogamia e igualdad entre los cónyuges.
Los padres tienen la obligación de velar por criar y educar a sus hijos para que sean buenos ciudadanos. Los descendientes, a su vez, están obligados a respetar y ayudar a sus abuelos y padres.
El Estado y la sociedad no reconocen la discriminación del trato entre los hijos.
Artículo 65: La familia, el Estado y la sociedad protegen, atienden y educan a los niños.
Artículo 66: La familia, el Estado y la sociedad facilitan a la juventud el estudio, trabajo, recreación, desarrollo de sus condiciones físicas e inteligencia, capacitación de buenas virtudes, tradición nacional, conciencia cívica e ideal socialista de manera que se abandere en el trabajo creador y defensa de la Patria.
Artículo 67: El Estado aplica la política de atención prioritaria a los mutilados y enfermos de guerra y familiares de mártires. Los mutilados de guerra gozan de las facilidades en la rehabilitación de su capacidad laboral, la ubicación adecuada y estabilización de su vida.
Las personas y familias que acumulan méritos para con la Revolución son beneficiadas mediante condecoración y atención.
Los ancianos, discapacitados y huérfanos desamparados gozan de la ayuda del Estado y la sociedad.
Artículo 68: Los ciudadanos tienen el derecho a la libertad de circulación y residencia en el país, y el derecho de viajar al exterior y regresar al país de acuerdo con las normas de las leyes.
Artículo 69: Se reconoce a los ciudadanos libertades de palabra, prensa, informaciones, reunión, asociación y manifestación, según las leyes.
Artículo 70: El ciudadano tiene libertad de creencia y el derecho a profesar o no cualquier creencia religiosa. Todas las religiones son iguales ante las leyes.
Los lugares de culto de las creencias y religiones son protegidos por las leyes.
No se permite a nadie violar la libertad de creencia y religión, ni aprovechar las creencias y religiones en contra de las leyes y políticas del Estado.
Artículo 71: Los ciudadanos tienen el derecho a la inviolabilidad de su persona y disfrutan del derecho a situar su vida, su salud, su honor y su dignidad bajo la protección de las leyes.
Nadie puede ser detenido sin la autorización de Tribunal Popular, la decisión o autorización de la Fiscalía Popular, salvo en caso de delito flagrante. Para proceder a la detención y encarcelamiento de un ciudadano tiene que cumplirse las clausuras que determina la ley.
Se prohíben todas formas de acoso, humillación física, violación de honor y dignidad del ciudadano.
Artículo 72: Nadie es considerado culpable ni sometido al castigo sin veredicto en vigor jurídico del Tribunal.
Los detenidos, retenidos, encausados y acusados contra la voluntad de la ley tienen derecho a la recompensación de sus daños materiales y la restauración de su honor. Los que, en contra de las leyes, realizan la detención, la retención, la encausación y el juzgamiento que dañen al otro deben ser severamente sancionados.
Artículo 73: El domicilio de todo ciudadano es inviolable.
Nadie puede penetrar en el domicilio ajeno contra la voluntad del morador, salvo en los casos previstos por la ley.
Se guarda secreto y se garantiza seguridad de la correspondencia y las comunicaciones telefónicas, cablegráficas y telegráficas.
Sólo puede ser registrado el domicilio, abierta, examinada y ocupada la correspondencia del ciudadano por los competentes regulados por la ley.
Artículo 74: Todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y denuncias al organismo estatal competente sobre las violaciones de la ley por organismos estatales, organizaciones sociales, unidades de Fuerzas Armadas Populares o cualquier individuo.
La atención o respuestas pertinentes de esas quejas y denuncias deben ser recibidas en plazo adecuado, conforme a la ley.
Todo acto contra los intereses del Estado, contra los derechos e intereses legítimos del colectivo y ciudadano será tratado al tiempo y con severidad. El perjudicado tiene derecho a la indemnización material y la restauración de su honor.
Se prohíbe toda clase de venganza contra el que haya dirigido quejas y denuncias, así como el abuso de las quejas y denuncias para chantajear y calumniar al otro.
Artículo 75: El Estado protege los intereses legítimos de los vietnamitas residentes en el extranjero.
El Estado facilita a los vietnamitas residentes en el exterior el mantenimiento de los lazos parentescos con su familia y su tierra natal, y la contribución a la construcción de su tierra natal y el país.
Artículo 76: Todo ciudadano debe ser fiel a la patria.
La traición a la patria es el más grave de los crímenes.
Artículo 77: La defensa de la patria es el deber sagrado y el noble derecho de cada ciudadano.
Todos los ciudadanos deben cumplir el servicio militar y participar en la edificación de la defensa nacional de todo el pueblo.
Artículo 78: Es deber de cada uno respetar y cuidar los bienes del Estado e intereses públicos.
Artículo 79: Es deber de cada ciudadano cumplir la Constitución y las leyes, participar en la defensa de la seguridad nacional, el orden público y la seguridad social, guardar el secreto nacional, observar las normas de la convivencia comunitaria.
Artículo 80: El ciudadano tiene la obligación de pagar los impuestos y realizar los trabajos de interés público, según lo establecido por la ley.
Artículo 81: Los extranjeros residentes en Vietnam deben observar la Constitución y las leyes vietnamitas y disfrutan de la protección por parte del Estado de sus personas, bienes y otros derechos legítimos prescritos en las leyes.
Artículo 82: Los extranjeros perseguidos por luchar por la libertad, la independencia nacional, el socialismo, la democracia y la paz, o por sus actividades científicas recibirán el estudio del Estado de la República Socialista de Vietnam para conceder asilo. |